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Recursos Administrativos


Recursos administrativos

Recurso de alzada
Recurso potestativo de reposición
Recurso extraordinario de revisión
Recurso económico administrativo
Recurso Contencioso Administrativo
Inspecciones Tributarias - Recursos contra actas de Inspección Fisca
Recursos a las actas de Inspección Laboral

¿QUÉ ACTOS PONEN FIN A LA VÍA ADMINISTRATIVA?

Ponen fin a la vía administrativa:

a) Las resoluciones de los recursos de Alzada.
b) Las resoluciones de los procedimientos de impugnación ( a que se refiere el artículo 107.2) que, de acuerdo con las Leyes, puedan sustituir al recurso de Alzada.
c) Las resoluciones de los órganos administrativos que carezcan de superior jerárquico, salvo que una Ley establezca lo contrario.
d) Las demás resoluciones de órganos administrativos cuando una disposición legal o reglamentaria así lo establezca.
e) Los acuerdos, pactos, convenios o contratos que tengan la consideración de finalizadores del procedimiento.

PLAZO PARA INTERPONER EL RECURSO DE ALZADA

El plazo para la interposición del recurso será de 1 mes si el acto fuera expreso. Si no lo fuera, el plazo será de 3 meses y se contará a partir del día siguiente a aquel, en que, de acuerdo con su normativa específica se produzcan los efectos del silencio administrativo.

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