Usted está aquí: Nuevas Tecnologías LOPD
LOPD
LSSICE
Seguridad Informática
Delito Informático

Adaptación a la Ley de protección de datos personales


Abogados especialistas en Protección de datos personales  

Tf. Atención cliente: 91.299.39.09

A partir de la entrada en vigor de la Ley Orgánica 15/1999 de Protección de datos de carácter personal, y con el posterior desarrollo por el Reglamento de Medidas de Seguridad, Real Decreto 884/1999, derogado por Real Decreto de 2007, las empresas obligatoriamente, tienen que adaptar sus ficheros a la misma, para ello tendrán que determinar de acuerdo con la citada ley el ámbito de seguridad de dichos ficheros, niveles básicos, medios o altos, establecer las medidas necesarias para que los afectados por esos ficheros, puedan hacer uso de sus derechos de acceso, modificación o cancelación.

La Protección de datos de carácter personal es una necesidad no sólo legal que tiene las empresas, también es una necesidad vital para evitar cualquier tipo de fuga de sus datos: está en el sitio adecuado si quiere informarse sobre sus derechos y obligaciones, que son prestados por nuestra empresa especializada y nuestros consultores jurídicos (Abogados) especialistas en LOPD y consultores informáticos.

Como se realiza la adaptación de su empresa a la Lopd

SISTEMÁTICA DE ADAPTACIÓN DE SU EMPRESA A LA LOPD
Toma física de datos En esta fase se realiza una comprobación de sus ficheros, tanto en soporte informático como en papel.
Análisis de los datos obtenidos Fase en la que se procede a analizar las bases de datos que puede crear o susceptible de que puedan ser creadas para su posterior registro en el Registro de la Agencia Española de Protección de Datos.
Registro de Ficheros Una vez comprobados los ficheros de su empresa, con la asignación de los niveles correspondiente, básico, medio, alto, se procederá a su registro en la Agencia Española de Protección de Datos.
Adaptación de documentación En esta fase, se procede a la adaptación de los documentos de su empresa, contratos de clientes, proveedores, personal, externalización de nóminas, cesión de datos, etc., a realizar los documentos de adaptación.
Documento de Seguridad y de Obligaciones del Personal En esta fase final y con la redacción y entrega del Documento de Seguridad y el manual de Obligaciones del Personal, quedará adaptada su empresa a la LOPD.

Datos de carácter personal: Cualquier información concerniente a personas físicas identificadas o identificables.

Fichero: Todo conjunto organizado de datos de carácter personal, cualquiera que fuere la forma o modalidad de su creación, almacenamiento, organización y acceso.

Tratamiento de datos: Operaciones y procedimientos técnicos de carácter automatizado o no, que permitan la recogida, grabación, conservación, elaboración, modificación, bloqueo y cancelación, así como las cesiones de datos que resulten de comunicaciones, consultas, interconexiones y transferencias.

Responsable del fichero o tratamiento: Persona física o jurídica, de naturaleza pública o privada, u órgano administrativo, que decida sobre la finalidad, contenido y uso del tratamiento.

Encargado del tratamiento: La persona física o jurídica, autoridad pública, servicio o cualquier otro organismo que, solo o conjuntamente con otros, trate datos personales por cuenta del responsable del tratamiento.

Declarante: Persona física que cumplimenta la solicitud de inscripción y actúa como mediador entre la Agencia y el titular/responsable del fichero. No debe necesariamente coincidir con el titular/responsable.

Afectado o interesado: Persona física titular de los datos que sean objeto del tratamiento.

Procedimiento de disociación: Todo tratamiento de datos personales de modo que la información que se obtenga no pueda asociarse a persona identificada o identificable.

Bloqueo de datos: La identificación y reserva de los datos de carácter personal con el fin de impedir su tratamiento.

Consentimiento del interesado: Toda manifestación de voluntad, libre, inequívoca, específica e informada, mediante la que el interesado consienta el tratamiento de datos personales que le conciernen.

Comunicación o cesión de datos: Toda revelación de datos realizada a una persona distinta del interesado.


Auditores LOPD. Consultores de Protección de datos contra intrusiones y de protección de derechos.

¿Cuándo y como se realiza la protección de datos personales?

Fecha: A partir de la entrada en vigor de la Ley Orgánica 15/1999 de Protección de datos de carácter personal y el recientemente publicado Reglamento de Seguridad.
Lugar: La misma empresa, Institución Pública o Privada.
Como debe hacerse: Mediante contratación a través de Line Legal

Si quiere más información sobre nuestro programa, puede solicitarla aquí.

Edición Contáctenos Información