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Adaptación a la Ley de protección de datos personales
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Abogados especialistas en Protección de datos
personales
Tf. Atención cliente: 91.299.39.09
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A partir de la entrada en
vigor de la Ley Orgánica 15/1999 de Protección de datos de carácter
personal, y con el posterior desarrollo por el Reglamento de Medidas
de Seguridad, Real Decreto 884/1999, derogado por Real Decreto de
2007, las empresas obligatoriamente, tienen que adaptar sus
ficheros a la misma, para ello tendrán que determinar de acuerdo con
la citada ley el ámbito de seguridad de dichos ficheros, niveles
básicos, medios o altos, establecer las medidas necesarias para que
los afectados por esos ficheros, puedan hacer uso de sus derechos de
acceso, modificación o cancelación. La Protección
de datos de carácter personal es una necesidad no sólo legal que
tiene las empresas, también es una necesidad vital para evitar
cualquier tipo de fuga de sus datos: está en el sitio adecuado si
quiere informarse sobre sus derechos y obligaciones, que son
prestados por nuestra empresa especializada y nuestros consultores
jurídicos (Abogados) especialistas en LOPD y consultores
informáticos. Como se
realiza la adaptación de su empresa a la Lopd
SISTEMÁTICA DE ADAPTACIÓN DE SU EMPRESA A
LA LOPD
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Toma física de datos |
En esta fase se
realiza una comprobación de sus ficheros, tanto en soporte
informático como en papel. |
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Análisis de los datos obtenidos |
Fase en la que
se procede a analizar las bases de datos que puede crear o
susceptible de que puedan ser creadas para su posterior registro
en el Registro de la Agencia Española de Protección de Datos. |
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Registro de Ficheros |
Una vez
comprobados los ficheros de su empresa, con la asignación de los
niveles correspondiente, básico, medio, alto, se procederá a su
registro en la Agencia Española de Protección de Datos. |
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Adaptación de documentación |
En esta fase,
se procede a la adaptación de los documentos de su empresa,
contratos de clientes, proveedores, personal, externalización de
nóminas, cesión de datos, etc., a realizar los documentos de
adaptación. |
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Documento de Seguridad y de Obligaciones del Personal |
En esta fase
final y con la redacción y entrega del Documento de Seguridad y
el manual de Obligaciones del Personal, quedará adaptada su
empresa a la LOPD. |
Datos de carácter personal: Cualquier información
concerniente a personas físicas identificadas o identificables.
Fichero: Todo conjunto organizado de datos de carácter personal,
cualquiera que fuere la forma o modalidad de su creación,
almacenamiento, organización y acceso.
Tratamiento de datos: Operaciones y procedimientos técnicos de
carácter automatizado o no, que permitan la recogida, grabación,
conservación, elaboración, modificación, bloqueo y cancelación, así
como las cesiones de datos que resulten de comunicaciones,
consultas, interconexiones y transferencias.
Responsable del fichero o tratamiento: Persona física o jurídica, de
naturaleza pública o privada, u órgano administrativo, que decida
sobre la finalidad, contenido y uso del tratamiento.
Encargado del tratamiento: La persona física o jurídica, autoridad
pública, servicio o cualquier otro organismo que, solo o
conjuntamente con otros, trate datos personales por cuenta del
responsable del tratamiento.
Declarante: Persona física que cumplimenta la solicitud de
inscripción y actúa como mediador entre la Agencia y el
titular/responsable del fichero. No debe necesariamente coincidir
con el titular/responsable.
Afectado o interesado: Persona física titular de los datos que sean
objeto del tratamiento.
Procedimiento de disociación: Todo tratamiento de datos personales
de modo que la información que se obtenga no pueda asociarse a
persona identificada o identificable.
Bloqueo de datos: La identificación y reserva de los datos de
carácter personal con el fin de impedir su tratamiento.
Consentimiento del interesado: Toda manifestación de voluntad,
libre, inequívoca, específica e informada, mediante la que el
interesado consienta el tratamiento de datos personales que le
conciernen.
Comunicación o cesión de datos: Toda revelación de datos realizada a
una persona distinta del interesado.
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¿Cuándo y como se realiza la
protección de datos personales?
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Fecha: A
partir de la entrada en vigor de la Ley Orgánica 15/1999 de Protección de datos
de carácter personal y el recientemente publicado Reglamento de Seguridad.
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Lugar: La
misma empresa, Institución Pública o Privada.
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Como debe
hacerse: Mediante contratación a través de Line Legal
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Si quiere más información sobre nuestro programa, puede solicitarla aquí.
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